1. La combinación de los conocimientos, experiencias, esfuerzos
y recursos humanos y materiales de la comunidad del Instituto Tecnológico y
de Estudios Superiores de Monterrey, para brindar a las instituciones y organismos
públicos y privadas, gobiernos federales, estatales y municipales, y a todo
tipo de personas físicas, toda clase de servicios de asesoria, consultoria y
administración derivados los procedimientos de los mecanismos alternos para
la solución de controversias, como son la negociación, mediación, conciliación
y arbitraje.
2. La organización, coordinación, supervisión y celebración
de conferencias, cursos, seminarios y diplomados para promover la cultura de
los mecanismos alternos para la solución de controversias;
3. La elaboración de estatutos, reglas y procedimientos y cláusulas,
así como el establecimiento y cobro de aranceles para los procedimientos de
los mecanismos alternos para la solución de controversias;
4. La certificación a las personas físicas y morales, públicas
y privadas, nacionales e internacionales como negociadores, mediadores y árbitros,
que reúnan los requisitos y acrediten las evaluaciones y exámenes que establezca
el Instituto;
5. La certificación y reconocimiento, actuando como organismo
de tercera parte, y sin interés directo, a los individuos que demuestren sus
conocimientos, habilidades y/o destrezas comprendidas en una función específica;
6. El mantenimiento de un equilibrio interno entre los intereses
del ramo u ocupación en la que la sociedad sea autorizada para fungir como Organismo
Certificador, actuando con transparencia, imparcialidad, de manera no discriminatoria
y asegurando la calidad de los todos los procesos que lleve a cabo;
7. La coordinación en la integración de los grupos de dictamen
para la acreditación de las instancias de evaluación y de certificación de candidatos
garantizando la imparcialidad de la toma de decisiones;
8. La resolución de las reclamaciones que presenten las partes
afectadas por sus actividades en materia de negociación, mediación, conciliación
y arbitraje y responder de su actuación, así como evitar la existencia de conflictos
de interés que puedan afectar sus actuaciones y excusarse de actuar cuando existan
tales conflictos;
9. La realización o ejecución por cuenta propia o ajena, de
toda clase de trámites, gestiones, estudios, investigaciones, proyectos, promociones,
campañas publicitarias y en general la ejecución de toda clase de actos, contratos
y convenios que sean necesarios para la realización de sus objetivos.